MALOS HUMOS EN EL ASIENTO TRASERO


En el artículo pasado de las Ráfagas Traseras hablamos de cinco prácticas “de riesgo” que los copilotos llevan (o llevamos) a veces a cabo en el asiento de atrás de la moto sin darle mayor importancia y sin percatarnos de que es posible que nos hagamos daño o, incluso, causemos un accidente. En los comentarios, el experto en movilidad segura de los Mossos d’esquadra Ramón Cos nos apuntaba una sexta que nos había pasado desapercibida: fumar.

No soy una persona fumadora, así que cuando entrevisté a nuestro experto en seguridad vial de la semana pasada, ni se me pasó por la cabeza que alguien pueda echarse un cigarrito en mitad de un viaje en moto sin haberse detenido para ello en un área de descanso. Pero los hay. Los hay incluso a los mandos, pero eso ya es otro cantar. En lo que a nosotros, copilotos, respecta, fumar en el asiento trasero de la moto puede acarrearnos alguna que otra multa. ¿Cómo? Estaréis pensando algunos. ¡Si no conducimos! Efectivamente, no conducimos y el hecho de fumar no nos distrae de la carretera. Sin embargo, el Código de Circulación no sólo contempla multas para fumar por las distracciones que causa. Atentos.

Con respecto a las distracciones, si bien no habla expresamente de fumar, el artículo 18.1 del Código de Circulación sí indica que: “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. Eso a nosotros como copilotos no nos incumbe desde el punto de vista de las sanciones, aunque sí nos debería preocupar que alguien vaya fumando a los mandos, desde el punto de vista de nuestra seguridad. La de ambos.

Lo que sí nos incumbe es la costumbre que tienen algunos fumadores de tirar la colilla del cigarro a la carretera (o donde caiga) cuando lo acaban. Tanto desde un coche como, mucho más fácilmente, desde una moto si no hemos previsto algo que nos sirva como cenicero y que vamos a tener que llevar en la mano todo el camino o, al menos, hasta la siguiente parada y vuelta a empezar. Pues bien, arrojar colillas por la ventanilla del coche o desde una moto supone la pérdida de cuatro puntos y una multa de 200 euros para quien lo haga. La primera vez que vi esta información en uno de los carteles luminosos que jalonan nuestras autovías me sorprendí. ¿Tanta gente lanza las colillas sin compasión fuera de su vehículo, sin importar donde caigan? Parece ser que sí, a juzgar por las últimas estadísticas de incendios provocados en España por esta práctica. Según datos del Ministerio de Medio Ambiente, de enero a julio de este año el 20% de los incendios han sido causados por arrojar colillas encendidas desde el vehículo. El dato es, como mínimo, para pensárselo a la hora de echar una calada desde el asiento trasero de nuestra moto.

La cosa no queda ahí en lo que a las sanciones respecta. Tras los incendios de Girona de este verano (en los que se demostró que el desencadenante fue precisamente una colilla lanzada desde un vehículo), el Gobierno ha anunciado un endurecimiento de las sanciones de manera que además de la pérdida de puntos y la multa económica, en caso de provocar un incendio forestal, la pena sería de hasta seis años de cárcel. Y si la colilla la arrojamos en un espacio natural protegido, la pena podría subir hasta los nueve.

¿Conocíais este dato del Código de Circulación? ¿Soléis fumar cuando viajáis en moto? Si es así ¿qué método usáis para deshaceros de forma limpia y sin riesgo de las colillas? ¿Qué os parecen las sanciones y el endurecimiento de las penas? ¿Realmente es tan complicado aguantar sin fumar de una parada a otra? Nos leemos en dos semanas.

Ráfagas traseras.