La ITV y los portamatrículas


portamatriculas rizomaAyer estaba jugando en uno de los foros de WeRide y leí unos comentarios sobre los portamatriculas.

A un compañero no le habían dejado pasar la I.T.V. porque su matrícula era un elemento cortante y debía llevar un porta matrículas con bordes de plástico.

¿Cómo? Si yo no llevo bordes de plástico y he pasado la I.T.V. sin problemas.

He llamado a una estación de I.T.V. Una vez he conseguido que me pasaran con uno de los inspectores (me ha costado lo mío) le he hecho la pregunta directamente: -Buenos días, llevo una moto “grande” con un portamatrículas sin ningún tipo de reborde de plástico. Es decir, que llevo la placa metálica al aire. ¿Puedo pasar la I.T.V? Su respuesta fue un “no lo sé, tengo que verlo”.

Si tenía que verlo en persona la cosa no estaba nada clara. Así que he insistido y le he contado el caso del compañero al que le habían dicho que no podía pasar y yo que si había pasado. ¿Debo comprar el marquito de plástico? Y por si aún no lo tenía claro, le he hecho referencia expresa a la famosa frase de… “elemento cortante”.

Me ha comentado que las matrículas que se consideran elemento cortante son aquellas que están más arriba del asiento de copiloto (tipo Harley) y que si llevaba la matrícula debajo del asiento y la moto llevaba guardabarros no era elemento cortante.

Le he dado las gracias y he colgado.

He llamado a otra I.T.V.

Nuevamente me he encontrado con un “no lo sé”, “espere que pregunto”, “tiene usted que traer la moto para que la veamos”.

¡Vamos a ver señores! Si ustedes son inspectores tendrán que saberse la normativa ¿no?

He seguido con la investigación y he llamado a un taller de confianza.

Con rotundidad me ha contestado que el portamatrículas no tiene por qué tener un reborde de plástico y que eso solo se hace con fines comerciales para poder poner los logos de los talleres o concesionarios.

Y por último me he revisado de arriba abajo las leyes sobre el tema, en concreto:

–          Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones  I.T.V. Ministerio de Ciencia y Tecnología.

–          Real Decreto 866/2010: Real Decreto, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos.

–          Real Decreto 2822/1998: Real Decreto, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.

–          Real Decreto 750/2010: Real Decreto, por el que se dictan normas sobre homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.

–          Real Decreto 711/2006: Real Decreto, por el que se modifican reales decretos relativos a la ITV y a la homologación de vehículos, sus partes y piezas, y se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por real decreto 2822/1998 de 23 de diciembre.

En ninguna parte he encontrado nada sobre que los soportes de matrícula tengan que tener bordes de plástico por considerarse las matrículas en si, elementos cortantes.

Por otro lado, las fábricas de motos tienen la obligación de entregar los vehículos en perfectas condiciones de homologación y por tanto para poder pasar cualquier inspección (de echo pasan una antes de ser vendidas). Si eso es así, todas las fábricas tienen que entregar las motos con un portamatrículas homologado. Así que, también me he revisado la normativa sobre homologación de las matrículas (Orden IET/1624/2012 de 16 de julio por la que se regula la homologación de placas de matrícula para vehículos de motor y remolque) y no existe ningún artículo, cláusula o apartado en el que se haga referencia a la obligatoriedad de estos protectores.

Por tanto (salvo error), no hay una obligación legal de llevar un porta matrículas con rebordes de plástico, sin embargo, es el inspector el que nos pone el sello de aptos o no aptos así que, sea justo o injusto, harán lo que les de la real gana y vete tú a discutir las leyes con ellos.

Mi pregunta de hoy es… ¿dónde está el elemento cortante?

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